miércoles, 2 de julio de 2008

EL ARI-COALICION PREOCUPADO ANTE LA POSIBLE INSTALACIÓN DE UNA TOSQUERA.

Las concejales Celasco y Gramajo pidieron informes al Gobierno bonaerense. Además solicitaron el acompañamiento de un proyecto que pretende crear la figura del Defensor del Pueblo en la Ley Orgánica de las Municipalidades.



Las concejales del ARI-Colación Cívica Silvina Celasco y Patricia Gramajo presentaron un Proyecto de Resolución con el objetivo de que el Gobierno de la provincia de Buenos Aires realice un informe sobre la posible instalación de una cava, en el distrito, para la extracción de tosca, con el argumento de que se esta construyendo un lago artificial con fines náuticos y para corregir el recorrido del Arroyo La Sofía-Medrano.

En ese sentido, las ediles explicaron que las obras que se están realizando en el predio ubicado en la calle Maipú entre Colón y Ávila de Monte Grande, carecerían de autorización tanto como emprendimiento turístico como minero, en el municipio y en los organismos correspondientes de la esfera provincial.

Asimismo, detallaron que en ese lugar se produjeron hechos como la violación de fajas de clausura, su reimplantación y otras medidas que no dieron resultado alguno, por cuanto “no se habrían agotado todos los recaudos administrativos necesarios con que cuenta el municipio, para autorizar o no actividades como la planteada”, que requiere una serie de requisitos importantes no sólo de la autoridad local, sino de la provincia.

En esa línea, apuntaron que en esa zona la actividad mencionada persiste con “inusitada flexibilidad” y afirmaron que, entonces, “es necesario activar los mecanismos que existen, para que esa situación termine”, ya que su continuidad, ocasionará serios problemas especialmente en el medio ambiente.

Por otro lado, Celasco y Gramajo elaboraron otro Proyecto de Resolución mediante el cual solicitaron que el Concejo Deliberante local adhiera a una iniciativa del senador provincial Luis Malagamba por la cual se busca crear la figura del Defensor del Pueblo mediante la modificación de los artículos 1º; 3º; 6º; 7º; 9º de la Ley Orgánica de las Municipalidades.

Respecto de éste las ediles apuntaron que tanto la Constitución Nacional como la provincial, en sus reformas de 1994, previeron la figura, pero destacaron que sería necesario crearlo, también, en el ámbito municipal.

En tanto, opinaron que ante el vacío legislativo que existe en esta materia específica las iniciativas locales fueron escasas ya que la mayoría de los municipios se mantuvieron a la espera de una legislación marco, con el objeto de no generar un conflicto de competencias.





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